Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1543/2010-R
Fecha: 11-Oct-2010
II.5.
II.5.Por memorial de 9 de noviembre de 2007, Lidia Mercado de Quispe, solicitó al Juez Instructor Primero en lo Penal, conminar que por la Aduana Regional Oruro para que proceda a la entrega del vehículo camión marca Volvo, con placa de circulación 1253 KCP (fs.58 y vta.). Mereciendo el decreto de 12 de dicho mes y año, por el cual se ordena la notificación a la Aduana Nacional Regional Oruro al objeto impetrado por Lidia Mercado de Quispe, bajo alternativa de ley, en caso de incumplimiento injustificado (fs. 59). Igual memorial fue presentado por Roberto Quispe Pinto el 16 de noviembre de 2007, solicitando se proceda a la entrega de la mercadería (fs. 70 y vta.).
- recurso de amparo constitucional, ahora
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.2. Informe de la autoridad recurrida
- I.2.3. Intervención del tercero interesado
- concedió
- I.3.Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- éste Tribunal determinó que toda su actuación será acorde al nuevo orden constitucional
- accionante'
- Fragmento 17
- Fragmento 18
- es pertinente exponer que este Tribunal Constitucional ha resuelto problemas similares; vale decir, situaciones en las cuales propietarios de vehículos reclamaban el incumplimiento, por parte de funcionarios de la Aduana Nacional
- SC 0855/2005-R
- SC 0557/2010-R
- III.4. Análisis del caso concreto
- no ha presentado ningún memorial, queja o solicitud al Fiscal que conoce la causa, tendiente al cumplimiento de la Resolución emitida por dicha autoridad, tal cual exige la jurisprudencia constitucional glosada en el Fundamento Jurídico anterior
- diligencia que fue cumplida el 14 de noviembre de 2007 (fs. 60), empero, sin esperar una respuesta el 27 del mismo mes y año (fs. 78), la accionante interpone la presente acción tutelar
- REVOCAR