SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1569/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1569/2010-R

Fecha: 11-Oct-2010

II.7.

II.7. El Auto de Vista 125 de 19 de septiembre de 2007, declaró admisible y procedente el recurso de apelación y dispuso anular obrados hasta el vicio más antiguo, debiendo procederse a realizar la notificación con la denuncia a la parte imputada, fundamentando la misma por una parte que si bien es posible la delegación del Fiscal de Distrito para autorizar la conversión de acción, empero debe existir alguna constancia que demuestre en forma fehaciente que la autoridad llamada por ley emitió este pronunciamiento expreso, por otro lado respecto al hecho de no haberse realizado la notificación con la denuncia al imputado, viene a constituir un defecto absoluto que no es susceptible de convalidación, constituyendo este proceder motivo de nulidad expresa  (fs. 127 a 130).