Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1571/2010-R
Fecha: 11-Oct-2010
II.1.
II.1. Por memorial de 20 de septiembre de 2004, el apoderado de la Sociedad Anónima Comercial Industrial SACI, interpuso demanda ejecutiva contra Eduardo Castro Mariscal y Rosa Banegas de Castro, dictándose el Auto Intimatorio de 21 de septiembre de 2004 (fs. 3 a 5), y el 20 de mayo de 2005, el Juez Octavo de Partido Ordinario en lo Civil y Comercial de la Capital dictó Sentencia, declarando improbada la demanda ejecutiva y probada la excepción de pago documentado, con costas (fs. 8 y 9); luego, en apelación, la Sala Civil Segunda de la Corte Superior pronunció el Auto de Vista, mediante el cual confirmó la Sentencia impugnada, con costas (fs. 10).
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- concede
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- éste Tribunal determinó que toda su actuación será acorde al nuevo orden constitucional
- accionante'
- III.2. Marco jurisprudencial aplicable al caso
- III.3. Análisis del caso concreto
- ."…en cambio, el (…)% sobre la cuantía, partiendo de la interpretación del valor justicia proclamado por nuestra Constitución, debe ser cobrado cuando se haya logrado la recuperación efectiva de los daños y perjuicios, correspondiendo sólo en ese caso
- III.4.Dimensión de los alcances de la parte resolutiva de la presente Sentencia
- REVOCAR