SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1591/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1591/2010-R

Fecha: 15-Oct-2010

1)

El Prefecto y Comandante a.i. del Departamento de Chuquisaca, presentó informe escrito cursante de fs. 99 a 101, en el que expresó lo siguiente: 1) El DS 28909 señala que los trabajadores en salud tienen derecho a reasumir el puesto al término de las funciones en cargos de libre nombramiento dentro del sector salud, siempre que hubiere accedido al cargo de base por concurso de méritos y examen de competencia; 2) El DS 26115 señala que el funcionario de carrera que fuera ascendido temporalmente a un puesto de libre nombramiento, conservará su condición de funcionario de carrera, debiendo incorporarse nuevamente a su puesto de carrera o a otro de igual categoría, cuando cese en sus funciones de libre nombramiento, norma no aplicable al recurrente en razón a que no demostró su condición de funcionario de carrera; y, 3) La línea jurisprudencial es de aplicación al caso de autos, por cuanto los derechos invocados por el recurrente no se encuentran consolidados, siendo más bien controvertidos, con el añadido que pretende el reconocimiento de derechos emergentes de la Ley General del Trabajo, cuando es un funcionario público y por tanto se encuentra sometido a las disposiciones del Estatuto del Funcionario Público y la Ley 1178 de 20 de julio de 1990.