Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1593/2010-R
Fecha: 15-Oct-2010
II.11.
II.11.El 18 de septiembre de 2007, el recurrente, presentó recurso de casación contra el Auto 358/2007 de 18 de agosto, mismo que fue rechazado mediante Auto 89/2007 de 8 de noviembre, pronunciado por la Sala Civil Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz y en consecuencia quedó ejecutoriado el Auto de Vista de 18 de agosto de 2007 (fs. 73).
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de Garantías
- i)
- iv)
- vii)
- improcedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.11.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- acción de amparo constitucional
- concederá o denegará
- accionante
- denegar
- III.3. Sobre la seguridad jurídica
- III.3.Análisis del caso
- Fragmento 25
- APROBAR