SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1651/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1651/2010-R

Fecha: 25-Oct-2010

  No obstante, en mérito a la previsión contenida en el art. 48.4 de la LTC, que permite dimensionar los efectos de las Sentencias Constitucionales; si es que a consecuencia de la ejecución de la tutela otorgada por el Tribunal de garantías, que por previsión constitucional tiene efecto inmediato, hubiese sido reincorporado a sus funciones el accionante, se dejan subsistentes los actos y derechos adquiridos a favor del accionante.