Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1741/2010-R
Fecha: 25-Oct-2010
1)
Walter Adad Yáñez, en el memorial cursante de fs. 446 a 451 vta., indica que: 1) Tanto las autoridades judiciales recurridas, como su persona, no violaron derecho fundamental alguno, más al contrario respaldaron sus actuaciones en la ley; y 2) Respecto a la existencia de sentencia ejecutoriada con valor de cosa juzgada, el Tribunal Constitucional sentó jurisprudencia en el sentido de que cuando una resolución ilegal y arbitraria afecta el contenido esencial de un derecho fundamental, no se puede sustentar su ilegalidad bajo una supuesta “cosa juzgada”.
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- 1)
- concedió
- II.1.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- éste Tribunal determinó que toda su actuación será acorde al nuevo orden constitucional
- accionante'
- III.2. De los incidentes de nulidad en ejecución de sentencia
- SC 0350/2010-R
- III.4. Análisis del caso
- APROBAR