SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1741/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1741/2010-R

Fecha: 25-Oct-2010

II.5.

II.5.  La Sala Civil Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz a cargo de los Vocales co-recurridos por Auto de Vista 430 de 26 de septiembre de 2007, declaró procedentes los incidentes y anuló obrados hasta fs. 68 inclusive del expediente principal, alegando que el Juez a quo a momento de dictar la Resolución apelada ha apreciado y analizado correctamente las pruebas documentales presentadas a los incidentes, conforme lo determinan los arts. 1286 del Código Civil (CC) y de su procedimiento y su Resolución se enmarca en derecho al no tener competencia para anular obrados (fs. 195 a 197). Siendo notificado el recurrente con este Auto el 3 de octubre del mismo año (fs. 197 vta.) y con el “cúmplase” el 10 de diciembre del mismo año.