SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1761/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1761/2010-R

Fecha: 25-Oct-2010

improcedente

La Sala Penal Tercera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, constituido en Tribunal de garantías, pronunció la Resolución de 14 de abril de 2008, cursante de fs. 106 a 107, por la que declaró improcedente la tutela solicitada, disponiendo que una vez que la recurrente subsane las observaciones de carácter formal efectuadas, podrá intentar una nueva acción de amparo, con el siguiente fundamento: La recurrente por su mandante pretende, a través de su recurso de amparo, que se declare la prescripción extintiva de la deuda tributaria, así como la nulidad de obrados, con reposición de actuados administrativos hasta que se exhiba el expediente con todos sus actuados, además se conmine a la parte recurrida a levantar los gravámenes que pesan desproporcionadamente sobre sus inmuebles, por lo que necesariamente debió también demandar al Superintendente Tributario Regional a.i., Carlos Terán Álvarez; y, al Superintendente Tributario General Interino, Rafael Vergara Sandóval, quienes en definitiva rechazaron la solicitud de Fructuosa Quilla López, para que se declare la prescripción extintiva del adeudo tributario, siendo participes de los supuestos agravios que se habrían ocasionado a la recurrente; en ese sentido, también tienen legitimación pasiva para ser demandados.

Por consiguiente, la situación planteada respecto a los derechos de la mandante de la accionante, invocados como lesionados, no son susceptibles de protección a través del amparo constitucional; por cuanto, el Tribunal de garantías, al haber declarado “improcedente” la tutela impetrada, efectuó una adecuada compulsa de los antecedentes del caso, de conformidad a las modulaciones de sentencias constitucionales detalladas precedentemente y actualmente sostenidas.