SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1774/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1774/2010-R

Fecha: 25-Oct-2010

III.5.1. En cuanto a la falta de competencia de la autoridad demandada

El accionante en su memorial de amparo constitucional denunció que la autoridad demandada en acuerdo con la autoridad sumariante, ambas carentes de jurisdicción y competencia, presumiendo su culpabilidad penal determinaron la sanción de privación de su trabajo, incurriendo en la nulidad prevista en el art. 31 de la CPEabrg.

Al respecto, es pertinente señalar que la supuesta usurpación de funciones denunciada, tiene particular resguardado por los art. 31 de la CPEabrg y 122 de la CPE y para su protección, el ordenamiento jurídico ha instituido un recurso especifico cual es, el recurso directo de nulidad, no siendo el amparo constitucional el mecanismo idóneo para restituir los supuestos denunciados, conforme se precisa en la SC 0099/2010-R de 10 de mayo, antes citada.