Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1814/2010-R
Fecha: 25-Oct-2010
I.2. Audiencia y Resolución del Juez de garantías
Efectuada la audiencia pública el 5 de mayo de 2008, conforme consta del acta de fs. 58 a 59, fungiendo como Tribunal la Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, estando presente la abogada del recurrente y no así los Vocales recurridos, quienes no presentaron informe escrito, cursando tan solo el elevado por el Juez correcurrido y por la Fiscal Giovanna Rivas Rojas en su condición de tercera interesada, se suscitaron los siguientes hechos:
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- I.2. Audiencia y Resolución del Juez de garantías
- a)
- I.2.3.Intervención del tercero interesado
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- i)
- III.1.Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- acción de amparo constitucional
- concederá o denegará
- accionante
- denegar
- Fragmento 18
- III.3.
- III.4. Análisis del caso concreto
- concedido
- REVOCAR