Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1857/2010-R
Fecha: 25-Oct-2010
II.2.
II.2. Por memorando sin fecha, miembros del Comité Ejecutivo de la Confederación hicieron saber a la recurrente que analizado su caso por una asamblea de emergencia llevada a cabo el 23 y 24 de abril de 2004 en Copacabana, en sujeción al voto resolutivo de las organizaciones del Comité Cívico, Federación de Gremiales, Federación de la Junta de Vecinales, OTB´s y Federación de Transportes, se resolvió su expulsión de la Asociación “por ignominia sin reclamo o beneficio alguno” (sic) (fs. 26).
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Personas recurridas y petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Juez de garantías
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- a)
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- acción de amparo constitucional
- concederá o denegará
- “accionante”
- “denegar”
- Fragmento 18
- III.3. El principio de inmediatez del amparo
- III.4. La problemática en análisis
- REVOCA