SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1923/2010-R
Fecha: 25-Oct-2010
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El recurrente, ahora accionante, señala como vulnerado su derecho a la seguridad social, toda vez que por Resolución 0013044 de 31 de octubre de 2007, la Comisión de Calificación de Rentas dispuso en su artículo segundo, descontarle el 20% de su Renta Única de Vejez recalculada, hasta cubrir el monto total de lo indebidamente cobrado, resolución confirmada por la Resolución Comisión de Reclamación 0329/08 de 16 de junio de 2008, ello debido a un error de cálculo en su salario promedio mensual siendo en principio calculado en Bs3 757,56.- en el cual se contemplaron bonos de transporte, alimentación y viáticos, siendo el salario promedio correcto el de Bs3 569,31; es decir, menos Bs188,25.-, error de cálculo atribuible a la institución pública, por lo que para la recuperación de ese monto no puede realizarse un descuento de lo ya cobrado como pretenden las autoridades recurridas, sino que el nuevo salario promedio y el reajuste a la renta mensual deben regir para el futuro, entendimiento elaborado por el Tribunal Constitucional en su sentencia 058/2004 de 24 de junio, a tiempo de interpretar los alcances del art. 477 del Reglamento del Código de Seguridad Social. En consecuencia, corresponde dilucidar en revisión, si tales argumentos son evidentes y si constituyeren actos ilegales lesivos de los derechos fundamentales del accionante a fin de otorgar o negar la tutela solicitada.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- a)
- 1)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Operatividad y aplicación en el tiempo del bloque de constitucionalidad
- “recurso de
- “accionante”
- III.3. Carácter subsidiario del amparo constitucional
- b) cuando no se utilizó un medio de defensa previsto en el ordenamiento jurídico;
- III.4. Del caso de análisis
- REVOCAR