SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1974/2010-R
Fecha: 25-Oct-2010
concedió
Por Resolución 8 de 16 de junio de 2008, cursante de fs. 38 vta. a 39 vta., la Sala Penal Primera de la Corte Superior de Justicia de Santa Cruz, constituida en Tribunal de garantías, concedió el recurso de amparo constitucional, disponiendo dejar sin efecto el memorando HAM-M.D 02/08 de 6 de marzo de 2008 y reincorporar a la recurrente a las funciones que desempeñaba antes en la Alcaldía Municipal de Cuatro Cañadas, con el siguiente fundamento: i) El cargo de Directora de Finanzas no es un cargo necesariamente de confianza del Alcalde Municipal, toda vez que es un cargo que requiere pericia laboral y que necesariamente tiene que ser puesto a consideración del Concejo Municipal, ya que en manos de esa persona está la obligación de precautelar los bienes del Municipio; ii) El despido de la recurrente a través del memorando 02/08, atenta de manera directa contra sus derechos y garantías constitucionales, puesto que del certificado médico adjunto consta su estado de gravidez, la que tenía diez semanas de embarazo en el momento de su despido; y, iii) El Gobierno Municipal de Cuatro Cañadas está en la obligación de cumplir la SC 0901/2006 vinculante y de cumplimiento obligatorio, que protege la gestación de todas las empleadas o funcionarias públicas.
- recurso de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- a)
- 1)
- concedió
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Operatividad y aplicación en el tiempo del bloque de constitucionalidad
- “recurso de
- “accionante”
- III.3. Protección de la mujer trabajadora embarazada
- III.4. La problemática planteada
- concedido
- APROBAR