Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1974/2010-R
Fecha: 25-Oct-2010
II.5.
II.5. El Asesor Legal de la Alcaldía Municipal de Cuatro Cañadas remite informe al Alcalde de dicho Municipio respecto a la solicitud de reincorporación de la recurrente, señalando que su solicitud adolece de la necesaria documentación toda vez que su embarazo debe ser acreditado por la Caja Nacional de Salud; recomendando que con carácter previo adjunte la respectiva certificación de la C.N.S., recalcando que mientras no se cumpla con la presentación de la documentación exigida no se podrá responder de fondo la solicitud de la ex funcionaria (fs. 8).
- recurso de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- a)
- 1)
- concedió
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Operatividad y aplicación en el tiempo del bloque de constitucionalidad
- “recurso de
- “accionante”
- III.3. Protección de la mujer trabajadora embarazada
- III.4. La problemática planteada
- concedido
- APROBAR