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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1987/2010-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1987/2010-R

    Fecha: 26-Oct-2010

    1.

    1.     Del memorial de demanda se evidencia que los recurrentes reconocen que la sesión para la elección de la Directiva del Concejo Municipal fue legalmente convocada y que para la misma, la norma exige mayoría absoluta. Que habiendo votado siete concejales, cuatro votos fueron a favor de Aldo Vallejos Bascopé y tres para Dirce Mary Gutiérrez, extremo que acredita la legalidad de la elección.

    • recurso de
    • I.1.1. Hechos que motivan el recurso de amparo constitucional
    • I.1.3 Autoridades recurridas y petitorio
    • I.2. Audiencia y resolución del tribunal de garantías
    • 1.
    • a)
    • I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
    • II.1.
    • II.3.
    • II.5.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.  Consideraciones sobre la aplicación de la Constitución Política del Estado vigente
    • III.2.  Términos procesales en la acción de amparo constitucional
    • III.3.   Conformación de la Directiva del Concejo Municipal
    • III.4.  Convocatoria a Sesiones del Concejo Municipal
    • III.5. Análisis del caso
    • Fragmento 17
    • III.6.  Modulación de los efectos de la presente Sentencia Constitucional con relación al caso analizado
    • REVOCAR

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