SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1988/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1988/2010-R

Fecha: 26-Oct-2010

Fragmento 13

             "III.4.De los antecedentes que informan el presente recurso se evidencia que el recurrente, si bien solicitó al Juez que éste remita los antecedentes en revisión ante este Tribunal Constitucional -lo que le fue denegado-, no acudió, sin embargo, ante este órgano colegiado dentro del mismo trámite del recurso de amparo constitucional sustanciado, solicitando que la autoridad del amparo, si corresponde, remita los antecedentes; circunstancia que determina la improcedencia de la tutela prevista por el art. 19 de la CPE; en este caso, por la subsidiariedad que caracteriza al recurso extraordinario de amparo constitucional.