SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1988/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1988/2010-R

Fecha: 26-Oct-2010

III.5.   Modulación de los efectos de la presente Sentencia Constitucional con relación al caso analizado

           En ese entendido, si bien este Tribunal, por los argumentos expuestos, llega a la conclusión que las accionantes debieron acudir previamente en la vía incidental, ante el juez de ejecución de fallo, para que en revisión recién provenga a este Tribunal y proceda al examen de los incidentes producidos en instancia de ejecución de fallo; sin embargo, no es menos  evidente que este Tribunal no puede desconocer todos aquellos actos que como emergencia de la procedencia de la tutela se hubieren realizado, a efecto de la regularización del trámite, pues al hacerlo se podrían desconocer los derechos de terceras personas, y fundamentalmente de las decisiones o resoluciones generadas por el Municipio de Sahapaqui, tomando en cuenta, además, que a la fecha han transcurrido más de dos años desde que el Tribunal de amparo concedió la tutela.