Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1988/2010-R
Fecha: 26-Oct-2010
REVOCAR
El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción y competencia que le confieren los arts. 4 y 6 de la Ley 003 de 13 de febrero de 2010, denominada Ley de Necesidad de Transición a los Nuevos Entes del Órgano Judicial y Ministerio Público, 7 inc. 8) y 102.V de la Ley del Tribunal Constitucional, en revisión resuelve REVOCAR la Resolución 030/2008 de 25 de abril, cursante de fs. 122 a 124 vta., pronunciada por el Juez de Partido y de Sentencia de Sica Sica, provincia Aroma del Distrito Judicial de La Paz, en consecuencia DENIEGA la tutela solicitada.
- recurso de
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3 Autoridades recurridas y petitorio
- concedió
- I.3.
- II.2.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Consideraciones sobre la aplicación de la Constitución Política del Estado vigente
- III.2. Términos procesales en la acción de amparo constitucional
- III.3. Sobre la ejecución de las Sentencias Constitucionales y las Resoluciones pronunciadas en su cumplimiento
- resolver las incidencias de la ejecución"
- Fragmento 13
- III.4. Análisis del caso
- Fragmento 15
- III.5. Modulación de los efectos de la presente Sentencia Constitucional con relación al caso analizado
- REVOCAR