SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1988/2010-R
Fecha: 26-Oct-2010
recurso de
En revisión la Resolución 030/08 de 25 de abril, cursante de fs. 122 a 124 vta., del expediente pronunciada por el Juez de Partido y de Sentencia de Sica Sica provincia Aroma del Distrito Judicial de La Paz dentro del recurso de amparo constitucional ahora acción de amparo constitucional, presentado por Graciela Villca Soto de Alanoca y Gladiz Verónica Cuba Huanca, Concejales de la Alcaldía Municipal de Sapahaqui de la Segunda Sección de la provincia Loayza, contra Waldo Mamani Quispe, Ismael Quisbert Choque, y María Elena Fernández Condori, Presidente, ex Secretario, y Concejal del mismo Municipio, alegando la vulneración de sus derechos al debido proceso, a la defensa, al trabajo, al ejercicio de la función pública, a la legalidad y seguridad jurídica, citando al efecto los arts. 7 inc. a), d) y 16.II y IV y 40.2 de la Constitución Política del Estado abrogada (CPEabrg).
- recurso de
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3 Autoridades recurridas y petitorio
- concedió
- I.3.
- II.2.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Consideraciones sobre la aplicación de la Constitución Política del Estado vigente
- III.2. Términos procesales en la acción de amparo constitucional
- III.3. Sobre la ejecución de las Sentencias Constitucionales y las Resoluciones pronunciadas en su cumplimiento
- resolver las incidencias de la ejecución"
- Fragmento 13
- III.4. Análisis del caso
- Fragmento 15
- III.5. Modulación de los efectos de la presente Sentencia Constitucional con relación al caso analizado
- REVOCAR