Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0300/2010-RCA-BIS
Fecha: 03-Nov-2010
APROBAR
El Tribunal Constitucional, a través de la Comisión de Admisión, en ejercicio de la facultad conferida por los arts. 4.I y II de la Ley 003 y 7 inc. 8) de la LTC, en revisión resuelve APROBAR la Resolución 19/2008 de 23 de diciembre, cursante de fs. 885 a 886, pronunciada por la “Sala de Turno” de la Corte Superior del Distrito Judicial de Chuquisaca.
- revisión
- I.1. Síntesis de la demanda
- improcedencia in limine
- I.6. Trámite procesal en la Comisión de Admisión
- II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN
- 1.
- inmediatez
- en el plazo máximo de seis meses
- y las sub-reglas de improcedencia establecidas a través de la jurisprudencia constitucional; como ser la interposición del recurso de amparo constitucional fuera del plazo de los seis meses
- 26 de marzo del mismo año
- no ingresó al fondo
- APROBAR