I.2.
I.2. Posteriormente, la Gerencia Distrital Cochabamba del Servicio de Impuestos Nacionales, emitió la Resolución Administrativa (RA) 27/06 de 8 de febrero de 2008, en la que declaró agotadas las acciones de cobro sobre el patrimonio del contribuyente PINTO Y CIA LTDA y derivó la acción administrativa a los responsables solidarios y/o subsidiarios, fundando su determinación en los arts. 28 de la Ley 1340, entendiendo esta disposición concordante con los arts. 27 y 28 de la Ley 2492 y art. 161 del Código de Comercio, para que efectúen el pago total de la deuda tributaria contenida en el Pliego de Cargo 004/2007 emergente de la Resolución Determinativa GRACO 32/96; resolución notificada -el 15 de febrero de 2006- al accionante en su condición de representante legal de PINTO Y CIA LTDA (fs. 9 a 11)
