Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2024/2010-R
Fecha: 09-Nov-2010
APROBAR
El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción y competencia que le confieren los arts. 4 y 6 de la Ley 003 de 13 de febrero de 2010, denominada Ley de Necesidad de Transición a los Nuevos Entes del Órgano Judicial y Ministerio Público"; 7 inc. 8) y 102.V de la LTC, en revisión, resuelve APROBAR la Resolución de 064 de 12 de mayo de 2008, cursante de fs. 253 a 254, pronunciada por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz; y en consecuencia, DENIEGA el amparo solicitado.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- cuenta con la suficiente fuerza ejecutiva
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- a)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- éste Tribunal determinó que toda su actuación será acorde al nuevo orden constitucional
- accionante'
- III.2. Naturaleza jurídica del recurso de amparo constitucional, hoy acción de amparo constitucional
- III.3. Proceso ordinario posterior al ejecutivo
- III.4. Análisis del caso de autos
- APROBAR