Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2024/2010-R
Fecha: 09-Nov-2010
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El recurrente ahora accionante, denuncia que se vulneraron sus derechos a la "seguridad jurídica", tutela judicial efectiva y al debido proceso, aduciendo que el Auto de Vista emitido en el proceso ejecutivo que se sigue a su representado, no cumple con las exigencias de la legislación aplicable, porque no expone las razones para desestimar su excepción de falta de fuerza ejecutiva ni se pronuncia sobre cada uno de los puntos expuestos, olvidando que el contrato es bilateral o sinalagmático. Corresponde dilucidar en revisión, si tales extremos son evidentes, a fin de otorgar o negar la tutela solicitada.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- cuenta con la suficiente fuerza ejecutiva
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- a)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- éste Tribunal determinó que toda su actuación será acorde al nuevo orden constitucional
- accionante'
- III.2. Naturaleza jurídica del recurso de amparo constitucional, hoy acción de amparo constitucional
- III.3. Proceso ordinario posterior al ejecutivo
- III.4. Análisis del caso de autos
- APROBAR