Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2038/2010-R
Fecha: 09-Nov-2010
II.1.
II.1. Mediante Resolución 116/2007 de 30 de marzo, el Juez recurrido declaró improbado el incidente de nulidad planteado por Cipriana López de Arguata, respecto de la acción de usucapión formalizada por Sofía Herrera Vda. de Fernández, considerando que el citado proceso de usucapión se encuentra ejecutoriado y que de conformidad al art. 196 del CPC, una vez pronunciada la Sentencia el Juez no podrá sustituirla ni modificarla y concluirá su competencia respecto al objeto del litigio (fs. 212 a 213).
- recurso de
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- a)
- I.2.3. Intervención de los terceros interesados
- improcedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2. Sobre la armonización de términos procesales constitucionales
- III.3. El amparo constitucional y el principio de subsidiariedad
- garantías jurisdiccionales y acciones de defensa
- colectiva.
- como el único medio de defensa, para la protección inmediata del derecho o garantía,
- Fragmento 19
- III.4. El caso analizado
- APRUEBA