Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2046/2010-R
Fecha: 10-Nov-2010
II.3.
II.3. Arminda Amelunge Vda. de Barrientos, por memorial presentado ante el Juez de la causa el 1 de octubre de 2003, solicitó que se excluyan los bienes inmuebles rurales otorgados en calidad de garantía por el deudor Adrian Alberto Barrientos Rosales de la audiencia de subasta y remate señalada para el 2 de octubre de 2007 (fs. 30 a 31 vta.); Por providencia de 2 de octubre del mismo año, el Juez de la causa decretó traslado del memorial al ejecutante (fs. 32).
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- a)
- 1)
- improcedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- “recurso de
- “accionante”
- recurso de amparo constitucional
- III.3. El principio de subsidiariedad y el amparo constitucional
- Fragmento 17
- III.4. Análisis del caso de autos
- la parte recurrente debe haber utilizado hasta agotar todos los medios y recursos legales idóneos para la tutela de sus derechos sea en la vía jurisdiccional o administrativa
- APROBAR