SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2076/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2076/2010-R

Fecha: 10-Nov-2010

a)

La autoridad judicial recurrida, en su informe escrito cursante a fs, 238 a 239 señaló: El amparo constitucional planteado por Elizabeth León Matienzo, quien acusa que su autoridad al pronunciar el   Auto de Vista de 22 de octubre de 2007, habría violado su derecho constitucional a la seguridad jurídica, toda vez que por una “aberración jurídica” no habría exigido el cumplimiento de lo dispuesto por el art. 625 del CPC; es decir, la presentación de talonarios fiscales correspondientes para la viabilidad del juicio de desalojo, en ese sentido, desvirtuando la procedencia del recurso puntualizó los siguientes aspectos: a) Señala que a la demanda se adjuntó talonarios fiscales del año 2006, a cuyo efecto y previos los trámites de ley, el Juez Séptimo de Instrucción en lo Civil, pronunció Sentencia declarando probada la misma; b) Planteado el recurso de apelación por la ahora recurrente, pronunció el Auto de Vista de 22 de octubre de 2007, confirmando la Sentencia impugnada, y notificada que fue la recurrente en su domicilio procesal, ésta no planteó el recurso de casación correspondiente, a cuyo efecto el 9 de noviembre del mismo año, se declaró su ejecutoria; y, c) Por mandato del art. 96 inc. 3) de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC), el recurso de amparo no procede contra “Las resoluciones judiciales que por cualquier otro recurso puedan ser modificadas o suprimidas más aún cuando no se hayan hecho uso oportuno de dicho recurso”.