Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2078/2010-R
Fecha: 10-Nov-2010
II.3.
II.3. El 18 de octubre de 2007, el Fiscal Policial presentó recurso de apelación contra la RA 095/07 (fs. 49 y 50), y por decreto emitido al día siguiente, se dio por presentado el recurso (fs. 500), figurando las diligencias de notificación correspondientes a los co-procesados el 22 de octubre y 6 de noviembre de 2007 (fs. 500 vta.); el 9 de noviembre de 2007, se dictó el Auto de concesión del recurso de apelación, disponiéndose la remisión de antecedentes a la instancia superior (fs. 501), Auto con el que fueron personalmente notificados los ahora recurrentes el 19 y 21 de ese mes (fs. 501 vta.).
- recurso, ahora acción
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades demandadas y petitorio
- a)
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- éste Tribunal determinó que toda su actuación será acorde al nuevo orden constitucional
- accionante'
- guarda límite en cuanto a la valoración de la prueba y determinación si existe o no responsabilidad penal, pues ello es atribución de las autoridades ordinarias
- III.3. Análisis del caso de autos
- III.4. Dimensión de los alcances de la parte resolutiva de la presente Sentencia
- REVOCAR