Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2078/2010-R
Fecha: 10-Nov-2010
REVOCAR
El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción y competencia que le confieren los arts. 4 y 6 de la Ley 003 de 13 de febrero de 2010, denominada Ley de Necesidad de Transición a los Nuevos Entes del Órgano Judicial y Ministerio Público”, 7 inc. 8) y 102.V de la LTC, en revisión resuelve REVOCAR la Resolución 30/2008 de 13 de junio, cursante de fs. 582 a 583 vta., dictada por la Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, y en consecuencia, DENIEGA la tutela solicitada.
- recurso, ahora acción
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades demandadas y petitorio
- a)
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- éste Tribunal determinó que toda su actuación será acorde al nuevo orden constitucional
- accionante'
- guarda límite en cuanto a la valoración de la prueba y determinación si existe o no responsabilidad penal, pues ello es atribución de las autoridades ordinarias
- III.3. Análisis del caso de autos
- III.4. Dimensión de los alcances de la parte resolutiva de la presente Sentencia
- REVOCAR