SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2094/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2094/2010-R

Fecha: 10-Nov-2010

concedió en parte

La Sala Penal Tercera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, por Resolución 34/2008 de 18 de junio, concedió en parte el amparo, sin afectar a la representante del Ministerio Público, disponiendo la nulidad de obrados hasta el memorial de 6 de febrero de 2008, en el que se pide la extinción de acción penal por vencimiento del plazo máximo de la etapa preparatoria. Como fundamentos señalan: a) Se vulneró el debido proceso por una indebida aplicación de los plazos, en el sentido de que éstos son corridos y no se suspenden por vacación judicial, extremo que utiliza el recurrido para no conminar al Fiscal, incumpliendo su deber de controlar el término efectivo de la etapa investigativa; b) Existe vulneración a la seguridad juridica, pues al existir apelación incidental, el juez no tenia competencia para conminar al Fiscal, por consiguiente tampoco para admitir una tercera imputación; y, c) Se ha vulnerado el derecho a la legalidad al no cumplir los plazos señalados en el art. 134 del CPP, y la SC 1036/2002-R.