SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2103/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2103/2010-R

Fecha: 19-Nov-2010

Fragmento 6

Los recurridos Jueces Técnicos del Tribunal Segundo de Sentencia  del Distrito Judicial de Tarija, en su informe escrito cursante de fs. 24 de obrados y en audiencia, señalaron: 1) El 14 de agosto de 2008, el ahora recurrente, condenado por el Tribunal del que son miembros, por el delito de violación, sentencia que fue recurrida en apelación restringida y recurrida en casación; solicitó la cesación de su detención preventiva, que fue rechazada, en razón a que no  presentó documentación idónea que lleve a la certeza al Tribunal de que dichos documentos acrediten que la detención preventiva  hubiere transcurrido ininterrumpidamente hasta la fecha, para efectuar el cómputo pertinente, además que tampoco acreditó que la detención fuere producto del proceso penal que ha conocido el Tribunal  o fue determinada en otra causa; y, 2)  La SC 160/2005-R, de 23 de febrero, ha establecido que existe un medio eficaz, idóneo y sumario en el CPP, como es la apelación incidental contra la resolución dictada, por lo que no se puede activar este recurso sin que se agote dicha instancia, debiendo declararse improcedente el presente hábeas corpus.