Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2103/2010-R
Fecha: 19-Nov-2010
I.1.1. Hechos que motivan el recurso
El recurrente en el memorial presentado el 23 de agosto de 2008, cursante de fs. 2, manifiesta que han transcurrido más de veinticuatro meses (dos años) desde su detención preventiva, sin que exista en su contra sentencia ejecutoriada, por lo que solicitó la cesación de su detención preventiva amparado en el art. 239.3 del Código de Procedimiento Penal (CPP), que fue rechazada por el Tribunal Segundo de Sentencia, vulnerando sus derechos a la libertad y al debido proceso.
- recurso de hábeas corpus,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Juez de garantías
- a)
- Fragmento 6
- Fragmento 7
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- “recurso de
- III.3. Subsidiariedad excepcional de la ahora acción de libertad
- Recurso de apelación incidental como medio idóneo para impugnar las resoluciones que dispongan, modifiquen o rechacen las medidas cautelares
- Fragmento 17
- III.4. El caso en examen
- APROBAR