SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2128/2010-R
Fecha: 19-Nov-2010
I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
El recurrente por intermedio de su abogado ratificó en su integridad el memorial del recurso de amparo constitucional, señalando que las pruebas están en el expediente y solicitando se declare su procedencia; leído que fue el informe, manifestó que probablemente no hubiera interpuesto el recurso que versa única y exclusivamente sobre el derecho de petición, de haberse atendido sus solicitudes de 10 de septiembre de 2008 y el 22 del mismo mes y año, las que no fueron respondidas en sentido positivo ni negativo permitiéndole activar seguramente otros recursos. Pidió se declare procedente el recurso y se de un plazo de cuarenta y ocho horas para que de manera extraordinaria se reúna, el Consejo Universitario, y trate el problema del recurrente para que se de respuesta inmediata a la muerte civil al que le están condenando.
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- 1)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
- III.1. Operatividad y aplicación en el tiempo del bloque de constitucionalidad
- “recurso de amparo constitucional”
- “accionante”
- III.3. Respecto del derecho de petición
- III.4. Análisis del caso de autos
- APROBAR