SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2136/2010-R
Fecha: 19-Nov-2010
2)
2) Señala también que en reiteradas oportunidades presentó solicitudes de cesación de detención preventiva, las mismas que fueron rechazadas, precisando que en los últimos cuatro meses, solicitó mediante memorial señalamiento de día y hora de audiencia para cesación a la detención preventiva, sin que sus peticiones hayan merecido respuesta de parte de las autoridades ahora demandadas.
2) Informan que mediante Resolución 32/06 de 22 de marzo de 2006, se rechaza la cesación de detención preventiva. Asimismo, señalan que nuevamente por la inasistencia del co-recurrido Angel Tazola Murillo a la audiencia de juicio oral, el 7 de septiembre de 2006, se suspende dicha audiencia, la misma, que tal como lo establece este informe fue suspendida varias veces por inasistencia de los co-imputados, específicamente en fechas 12 de enero de 2007 y 13 de febrero del mismo año, entre otras.
- recurso de hábeas corpus, ahora acción de libertad,
- 1)
- 2)
- 3)
- 4)
- 5)
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- improcedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Operatividad y aplicación en el tiempo del bloque de constitucionalidad
- “recurso de
- III.3. Subsidiariedad excepcional del hábeas corpus, ahora acción de libertad
- III.4. Análisis de la problemática planteada
- APROBAR