SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2136/2010-R
Fecha: 19-Nov-2010
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El recurrente, ahora accionante alega que se vulneraron sus derechos a la libertad y al debido proceso debido a que fue detenido preventivamente en el Centro Penitenciario de San Pedro de “Chonchocoro”, del cual, en fecha 20 de febrero de 2004, fue trasladado al Centro Penitenciario de San Pedro de la Ciudad de La Paz, expresando que al momento de la interposición del recurso, se encuentra recluido por más de tres años, seis meses y veinte días desde la iniciación del Proceso Penal y que presentó varias solicitudes de cesación de detención preventiva, las mismas que fueron rechazadas. Por lo afirmado, corresponde determinar si debe o no brindarse tutela en el caso concreto, tarea que será realizada a continuación.
- recurso de hábeas corpus, ahora acción de libertad,
- 1)
- 2)
- 3)
- 4)
- 5)
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- improcedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Operatividad y aplicación en el tiempo del bloque de constitucionalidad
- “recurso de
- III.3. Subsidiariedad excepcional del hábeas corpus, ahora acción de libertad
- III.4. Análisis de la problemática planteada
- APROBAR