SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2141/2010-R
Fecha: 19-Nov-2010
II.1.
II.1. Romer Fernando Villarroel Hurtado, interpone denuncia ante la FELCC, el 15 de abril de 2008, contra el recurrente por la presunta comisión del delito de estafa, emitiendo Raúl Roca Arteaga, Fiscal de Materia, el informe de inicio ante el Juez Instructor de Turno. De igual manera se tiene que el denunciante formalizó querella contra el ahora recurrente y al no ser habido por desconocerse su paradero, se realizaron las publicaciones de prensa citándolo para que pueda presentarse ante la Fiscalía de Materia a efecto de prestar su declaración informativa, aspecto que no ocurrió por lo que el Fiscal de Materia directamente formuló imputación formal en su contra por la presunta comisión de los delitos de estafa.
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- a)
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Operatividad y aplicación en el tiempo del bloque de constitucionalidad
- "recurso de hábeas corpus"
- III.3. Naturaleza jurídica del recurso de hábeas corpus, actual acción de libertad y la activación simultánea de jurisdicciones distintas
- subsidiariedad
- u otra forma de restricción de la libertad
- III.4. Medio idóneo contra las resoluciones que dispongan, modifiquen o rechacen las medidas cautelares
- III.5. La problemática planteada en el caso de autos
- APROBAR