Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2141/2010-R
Fecha: 19-Nov-2010
II.3.
II.3. Se advierte que habiéndose señalado audiencia, esta se instaló sin la presencia del imputado y se lo declaró rebelde, librándose el respectivo mandamiento de aprehensión a cuyo mérito, habiendo sido aprehendido y puesto a disposición del Juez el imputado, se instaló audiencia de consideración de medida cautelar en la que se dispuso la detención preventiva del imputado.
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- a)
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Operatividad y aplicación en el tiempo del bloque de constitucionalidad
- "recurso de hábeas corpus"
- III.3. Naturaleza jurídica del recurso de hábeas corpus, actual acción de libertad y la activación simultánea de jurisdicciones distintas
- subsidiariedad
- u otra forma de restricción de la libertad
- III.4. Medio idóneo contra las resoluciones que dispongan, modifiquen o rechacen las medidas cautelares
- III.5. La problemática planteada en el caso de autos
- APROBAR