SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2145/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2145/2010-R

Fecha: 19-Nov-2010

es ante él mismo que debieron acudir los accionantes buscando la protección de sus derechos

Conforme a lo previsto por los arts. 54 inc. 1) y 279 del CPP, el Juez de Instrucción en lo Penal es el encargado de ejercer el control jurisdiccional durante el desarrollo de la investigación, por lo cual de acuerdo a lo establecido en el Fundamento Jurídico III.2 de la presente Resolución, la Fiscal demandada cumplió con la formalidad de comunicar el inicio de la investigación al Juez de Instrucción, por lo tanto es ante él mismo que debieron acudir los accionantes buscando la protección de sus derechos.