Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2154/2010-R
Fecha: 19-Nov-2010
II.1.
II.1. Mediante informe de acción directa, emitido por Raúl Pérez Huanca, se evidencia que a denuncia de Birna Lizzy Cuella, se constituyeron en el Hotel Blumenao de la localidad de El Torno a horas 19:30 del 28 de agosto de 2008, al mando de Eduardo Veramendy, Comandante de la Unidad Policial de dicha localidad, habiendo ingresado al lugar con el consentimiento del Administrador, dirigiéndose a la pieza 10; en el interior de dicha habitación, se encontraba el imputado acompañado de dos menores de edad, quienes fueron conducidos a dependencias policiales (fs. 34 a 35).
- recurso de hábeas corpus, ahora acción de libertad,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- 1)
- i)
- improcedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional.
- II.1.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- acción de libertad
- ordenar la tutela
- III.3. Del carácter excepcional de la subsidiariedad en la acción de libertad
- debe impugnar tal conducta ante el juez instructor, que es el órgano jurisdiccional que tiene a su cargo el control de la investigación, desde los actos iniciales hasta la conclusión de la etapa preparatoria
- Fragmento 16
- III.4. Análisis del caso en revisión
- APROBAR