Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2160/2010-R
Fecha: 19-Nov-2010
APROBAR
El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción y competencia que le confieren los art. 4 y 6 de la Ley 003 de 13 del febrero de 2010, denominada Ley de Necesidad de Transición a los Nuevos Entes del Órgano Judicial y Ministerio Público; 7 inc. 8) y 93 de la LTC, en revisión, resuelve APROBAR la Resolución 41 de 15 de agosto de 2008, cursante de fs. 24 vta. a 25, pronunciada por la Sala Civil Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz; y en consecuencia, DENIEGA la tutela impetrada por subsidiariedad.
- recurso de
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- improcedente
- I.3. Trámite procesal ante el Tribunal Constitucional.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- acción de libertad
- ordenar la tutela
- III.3.
- empero, en caso de existir mecanismos procesales específicos de defensa que sean idóneos, eficientes y oportunos para restituir el derecho a la libertad y a la persecución o procesamiento indebido, deben ser utilizados previamente por el o los afectados
- corresponde ser denunciadas ante el Juez Cautelar de turno
- III.5. Análisis del caso
- APROBAR