SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2198/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2198/2010-R

Fecha: 19-Nov-2010

improcedente

Concluida la audiencia pública, el Juez Sexto de Sentencia del Distrito Judicial de La Paz, constituido en Juez de garantías, pronunció la Resolución 05/2009 de 10 de enero, cursante de fs. 40 a 42, por la que declaró improcedente el recurso, con la siguiente fundamentación: a) El recurso de hábeas corpus no es sustitutivo del recurso ordinario de apelación, previsto en el art. 251 del CPP; y, b) Los demás argumentos expuestos por las partes constituyen defensa de fondo los que deberán ser evaluados y tomados en cuenta en la vía y en la etapa respectiva, el Tribunal de  garantías no tiene atribuciones para pronunciarse sobre el fondo del proceso.