SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2203/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2203/2010-R

Fecha: 19-Nov-2010

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

Para conocer y resolver en revisión la Resolución 58, dictada por el Tribunal de garantías, previamente es imperante determinar con claridad el objeto y la causa de este recurso, ahora acción de amparo constitucional; siendo el objeto de la tutela solicitada el resguardo de los derechos a la “seguridad jurídica” y al debido proceso, alegados como vulnerados por el recurrente, ahora accionante, en representación de AGEDESA. Asimismo, la causa de la petición de tutela, versa en el hecho de la medida preparatoria de demanda a instancias de la referida empresa contra el BIDESA en liquidación, que concluyó con el Auto 178/2007, Resolución que fue motivo de apelación, ilegalmente concedida por el Juez Cuarto de Partido en lo Civil y Comercial, y resuelta por la Sala Civil Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, mediante Auto de Vista 166/2008, contraviniendo el art. 325.II del CPC, considerando que el Auto 178/2007, es inapelable por estar ejecutoriado y con calidad de cosa juzgada.Corresponde analizar en revisión, si en el presente caso se debe otorgar o no la tutela solicitada.