SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2211/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2211/2010-R

Fecha: 19-Nov-2010

1)

El abogado del Gobernador de la cárcel pública de San Sebastián Varones de Cochabamba, brindó informe en audiencia señalando: 1) El representado del recurrente se encuentra detenido por orden de la Jueza Cuarta de Instrucción en lo Penal del Distrito Judicial de Cochabamba, Vivian Enríquez Monasterios, manifestando además que, el Gobernador fue notificado mediante cédula por el Juez Primero de Instrucción en lo Penal de El Alto, dentro de un proceso que se le sigue por falsedad material y otros, solicitando el traslado de este último a la ciudad de El Alto; 2) Una vez notificado el Gobernador, este se presentó ante la Jueza haciéndole conocer el contenido de la orden instruida, quien mediante decreto indicó cumpla lo ordenado, a lo que el Gobernador conversó con el detenido, pero éste luego no se presentó, solamente su padre, extremo que también comunicó a la autoridad competente; 3) Luego de un tiempo, nuevamente llegó otro oficio, esta vez dirigido al Gobernador, ordenando que el detenido preventivamente sea trasladado a la ciudad de La Paz, para una audiencia, orden que también se puso a conocimiento de la Jueza cautelar, quien decretó “téngase presente” (sic) emitiendo la providencia de 25 de agosto de 2008, señalando “Cúmplase por el Gobernador”, por lo que la autoridad recurrida, de conformidad al art. 238 del CPP, con referencia a la autorización del traslado, cumplió la orden emitida por la Jueza que conoce el caso; y, 4) El imputado fue trasladado a primera hora del día de la audiencia, antes de la notificación con el presente recurso.