Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2211/2010-R
Fecha: 19-Nov-2010
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El recurrente, ahora accionante, no indica en su demanda ningún derecho o garantía que se hubiese vulnerado de su representado; sin embargo, alega que su mandante se encuentra detenido preventivamente en el penal de San Sebastián de Cochabamba, y el Gobernador de dicho Penal, pretende trasladarlo a la fuerza a la ciudad de El Alto, cumpliendo supuestamente la orden de un Juez cautelar de esa ciudad. Corresponde analizar, en revisión, si en el presente caso, se debe otorgar o no la tutela solicitada.
- recurso de hábeas corpus,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- 1)
- improcedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- III.2..Términos procesales en la presente acción tutelar
- III.3. La naturaleza jurídica del recurso de hábeas corpus, hoy acción de libertad
- o el traslado también ilegal de una penitenciaría a otra
- será autorizado únicamente por el Juez del proceso
- APROBAR