Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2282/2010-R
Fecha: 19-Nov-2010
APROBAR
El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción y competencia que le confieren los arts. 4 y 6 de la Ley 003 de 13 de febrero de 2010, Ley de Necesidad de Transición a los Nuevos Entes del Órgano Judicial y Ministerio Público; 7 inc. 8) y 93 de la LTC, en revisión, resuelve APROBAR la Resolución de 8 de enero de 2009, cursante de fs. 48 a 49 vta., pronunciada por la Sala Penal Tercera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba; y en consecuencia, DENIEGA la tutela solicitada.
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- a)
- Directora Ejecutiva de INFANTE (
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- "recurso de hábeas corpus
- III.3. Improcedencia de la acción de libertad, ante la inexistencia de persecución ilegal o indebida
- Fragmento 16
- III.4. El caso en examen
- APROBAR