SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2282/2010-R
Fecha: 19-Nov-2010
III.4. El caso en examen
Con relación a lo peticionado por el accionante, de que se disponga que la menor pase bajo la guarda de su madre, este Tribunal no puede pronunciarse, toda vez que ello corresponde a la autoridad competente dentro de la vía legal respectiva. De la misma manera, respecto a lo alegado en la presente acción tutelar, de que la Fiscal demandada está amenazando a la madre de la menor de privarla de su libertad y denunciarla por encubrimiento, debe ser reclamado en la vía jurisdiccional, mediante los mecanismos idóneos, toda vez que cursa en antecedentes, la solicitud ante el Ministerio Público de ampliación de denuncia contra la misma, efectuada por la Defensoría de la Niñez y Adolescencia,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- a)
- Directora Ejecutiva de INFANTE (
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- "recurso de hábeas corpus
- III.3. Improcedencia de la acción de libertad, ante la inexistencia de persecución ilegal o indebida
- Fragmento 16
- III.4. El caso en examen
- APROBAR