SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2282/2010-R
Fecha: 19-Nov-2010
I.1.1. Hechos que motivan el recurso
El recurrente en el memorial presentado el 5 de enero de 2009, cursante de fs. 2 a 3, manifiesta que su representada hace unos meses, por razones hormonales propias de su edad, y al haber recibido una reprimenda por parte de su padrastro, a quien acusó falsamente a éste de agresión sexual en su contra, mediante un comentario hecho en su colegio. Es así que faltó a clases un par de días, por haberse quedado a cuidar a su abuela, ausencia que alarmó a sus amigas quienes acudieron a la Directora del Colegio refiriéndole la supuesta agresión sexual comentada, circunstancia por la cual la hija de la Directora que es abogado, sentó denuncia contra su padrastro ante la Defensoría de la Niñez y Adolescencia, entidad que el 30 de septiembre de 2008, allanó su domicilio y la internó en un Hogar de acogida "Infante"; sin embargo el 23 de diciembre de ese año, su representada se entrevistó con la Fiscal en presencia de su madre y miembros del "Infante", a quienes suplicó llorando la dejaran volver con su madre, petición que fue negada por la Fiscal, quien argumentó que un Tribunal de amparo determinó que debía continuar en dicha institución hasta fines de enero de 2009, por lo menos; circunstancia por la cual se escapó el 24 de diciembre de 2008, al no aguantar más la presión ejercida por las educadoras, psicólogas y abogadas que trabajan en el lugar, ante lo cual, su madre insistió que vuelva al "Infante", mientras que por la vía legal se ocuparía de conseguir la autorización respectiva; empero al retornar fue reprendida, amenazada, castigada y obligada a limpiar los pisos, motivando que nuevamente escape de dicha institución, comunicándose posteriormente con su madre y la Fiscal, autoridad que amenazó detener a su progenitora, si en caso no retornaba ya que según su criterio, había sido quien planificó su fuga, lo que no es evidente, toda vez que su madre le pidió se quede en el Infante hasta que arregle la situación legalmente, sin embargo desde ese día su progenitora es perseguida, amenazada y maltratada por la Fiscal e "Infante".
Refiere, que antes de la fuga de su representada, su madre, abuela y tía, plantearon un recurso de hábeas corpus, en cuya audiencia a pedido de la Abogada de la Defensoría de la Niñez y Adolescencia, no permaneció en el salón donde se realizó la audiencia pública, siendo trasladada a otro ambiente en compañía de la educadora quien se dio a la tarea de amenazarla y presionarla para que exprese su voluntad de quedarse en el Infante, por lo cual el Tribunal de garantías, antes de emitir su fallo, la convocó, pero al estar bajo presión, su representada señaló encontrarse bien en dicha institución, lo que motivó que se declare improcedente el recurso. Lo cierto, es que la menor no desea estar más tiempo en el Infante, al estar siendo maltratada y obligada a mantener una mentira, pues todos los días le recalcan que no debe cambiar de versión y seguir acusando falsamente a su padrastro; por lo que está siendo victimizada por dicha institución que curiosamente debería velar por la niñez y adolescencia, a lo que se suma que la Fiscal actúa de mala fe, presionando y amenazando a su madre para que ella aparezca o de lo contrario ampliará la investigación en su contra, como encubridora, encontrándose la menor perseguida indebida e ilegalmente.
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- a)
- Directora Ejecutiva de INFANTE (
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- "recurso de hábeas corpus
- III.3. Improcedencia de la acción de libertad, ante la inexistencia de persecución ilegal o indebida
- Fragmento 16
- III.4. El caso en examen
- APROBAR