Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2289/2010-R
Fecha: 19-Nov-2010
II.3.
II.3. A la conclusión de la audiencia pública de medidas cautelares, efectuada el 17 de enero de 2009, el Juez Primero de Instrucción en lo Penal, pronunció la resolución 24/09 de la misma fecha, por la que dispone la detención preventiva de los imputados, como medida cautelar de carácter personal, la que no fue objeto del recurso de apelación incidental (fs. 105 a 111; 112 a 113).
- del recurso de hábeas corpus, ahora
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.2. Audiencia y Resolución de la Jueza de garantías
- a)
- 1)
- procedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- “recurso de
- III.3. Subsidiaridad excepcional de la ahora acción de libertad
- III.4. Recurso de apelación incidental como medio idóneo para impugnar las resoluciones que dispongan, modifiquen o rechacen las medidas cautelares
- Fragmento 15
- III.5. El caso en examen
- REVOCAR