SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2289/2010-R
Fecha: 19-Nov-2010
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
Los recurrentes, ahora accionantes, alegan que se vulneraron sus derechos a la libertad, a la defensa y al debido proceso, toda vez que fueron imputados formalmente por el Ministerio Público, por el delito de tráfico de sustancias controladas, por lo que en la audiencia de medidas cautelares, el Juez Primero de Instrucción en lo Penal, pronunció la Resolución 24/09 de 17 de febrero, disponiendo su detención preventiva, misma que carece de la debida fundamentación toda vez que no expone los fundamentos sobre la probabilidad de la autoría y la concurrencia de riesgos procesales de fuga y obstaculización, vulnerando de esta manera su derecho a la libertad al no haberse realizado una fundamentación jurídica de la concurrencia de los requisitos previstos en el art. 233 de la Ley 1970, hecho que se encuentra vinculado al debido proceso. En consecuencia, corresponde determinar si los extremos demandados son evidentes para otorgar o no la tutela solicitada.
- del recurso de hábeas corpus, ahora
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.2. Audiencia y Resolución de la Jueza de garantías
- a)
- 1)
- procedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- “recurso de
- III.3. Subsidiaridad excepcional de la ahora acción de libertad
- III.4. Recurso de apelación incidental como medio idóneo para impugnar las resoluciones que dispongan, modifiquen o rechacen las medidas cautelares
- Fragmento 15
- III.5. El caso en examen
- REVOCAR