SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2316/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2316/2010-R

Fecha: 19-Nov-2010

denegó

La Resolución 286 de 17 de noviembre de 2008, cursante de fs. 86 a 88 vta., pronunciada por la Sala Penal de la Corte Superior del Distrito Judicial de Chuquisaca, constituida en Tribunal de Garantías, denegó la tutela, con costas bajo el siguiente fundamento: 1) La extinción de la acción penal puede ser interpuesta en cualquier momento del proceso hasta antes de ser sorteada la causa para resolución en el recurso de casación; y si bien según los entendimientos contenidos en las SSCC 0101/2004, AC 0079/2004-ECA y 0105/2005-R y art. 133 del CPP, prevén la posibilidad que se declare de oficio la extinción de la acción dadas las características del proceso penal vigente, dividido en tres grandes etapas: de investigación, del juicio y de los recursos que se desarrollan ante autoridades diferentes, todos los actuados no son remitidos ante las otras instancias; así en sujeción a los arts. 340 y 341 del CPP, el Ministerio Público o querellante, únicamente presenta la acusación y ofrece prueba a ser producida en juicio, circunstancia que impide a los Tribunales de apelación y casación de oficio disponer la extinción de la acción penal; 2) Si bien se efectuó un cómputo errado, inobservando el art. 5 del CPP, dicha apreciación es general, en mérito a que el aspecto central del fundamento constituye el recurso de casación planteado.